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IRÁN: El OIAD denuncia la condena de la abogada iraní Farzaneh Zilabi a 18 meses de prisión y solicita que se retiren todos los cargos en su contra.

06 de junio de 2023 

Farzaneh Zilabi es abogada y activista de derechos humanos en Irán. Ha defendido la causa del Sindicato de Trabajadores de la Caña de Azúcar Agroindustrial Haft-Tappeh en sus reivindicaciones salariales, y ha defendido a activistas políticos de Khouzestan, así como a los periodistas Mehrnoosh Tafian y Mandanda Sadeghi y al activista estudiantil Ronak Rezaie.  

El 22 de mayo de 2023, la 4ª sección del Tribunal Revolucionario de Ahvaz condenó a Farzaneh Zilabi a un año de prisión por «propaganda contra el régimen» y a seis meses por «insultar al Líder Supremo de Irán». 

Todo hace pensar que esta condena no es más que una represalia judicial contra su labor como abogada defensora de los derechos de los trabajadores y de los derechos humanos en general en Irán. 

La abogada ha anunciado su intención de recurrir esta sentencia. 

En el marco de otro asunto por el que fue procesada por «desacato a los dirigentes», «pertenencia a grupos contrarios al régimen», «conspiración y connivencia para actuar contra la seguridad nacional», «actividades de propaganda contra el régimen» y «difusión de información falsa», el 14 de febrero de 2023 fue privada de su derecho a un abogado y puesta en libertad provisional bajo fianza al término de la vista.  

El Observatorio muestra su preocupación por la condena de la defensora de derechos humanos Farzaneh Zilabi, y cree que estas represalias judiciales son la contrapartida a sus esfuerzos pacíficos y legítimos como abogada de derechos humanos, representante de los defensores de derechos laborales y promotora de los derechos humanos en Irán. 

El Observatorio condena firmemente la decisión de condenar a la abogada Farzaneh Zilabi del 22 de mayo de 2023 y las múltiples acusaciones en su contra.  

El Observatorio expresa su total solidaridad con la abogada Farzaneh Zilabi. 

El Observatorio recuerda que, de conformidad con las disposiciones de los Principios de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los principios 16, 18 y 23: 

» Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas;  (…)» (Principio 16) ; 

«Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.» (Principio 18); 

 «Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. (…)» (Principio 23).