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SENEGAL: investigados los abogados Juan Branco y Babacar Ndiaye, del equipo de defensa de Ousmane Sonko

21 de agosto de 2023

 

Varios abogados de Ousmane Sonko fueron detenidos entre el viernes 4 de agosto y el sábado 5 de agosto. Estas detenciones están relacionadas con la aparición pública del abogado francés Juan Branco en una conferencia de prensa en Dakar el 30 de julio, tras haber entrado de forma clandestina en Senegal.

Sobre Juan Branco pesaba una orden de detención internacional desde el 14 de julio por delitos y faltas relacionados con los disturbios ocurridos en Senegal en junio.

Juan Branco fue detenido cuando intentaba salir de Senegal y acusado de atentado, conspiración, difusión de noticias falsas y actos y maniobras susceptibles de comprometer la seguridad pública o provocar graves disturbios políticos, y fue encarcelado en Dakar el domingo.

El lunes 7 de agosto fue puesto bajo vigilancia judicial antes de ser expulsado de Senegal a Francia.

Tras la comparecencia pública de Juan Branco, el abogado senegalés Babacar Ndiaye también fue detenido el 4 de agosto por orden del fiscal, acusado de receptación de objetos robados.

Babacar Ndiaye fue detenido en la sede de la sección de investigación de la gendarmería de Colobane, donde ejercía sus funciones, antes de ser esposado y trasladado a la sede de la policía urbana y puesto bajo custodia policial. Al parecer, su detención estaba relacionada con su participación en la defensa de Ousmane Sonko. Sin embargo, fue finalmente puesto en libertad.

En un comunicado de prensa publicado el 6 de agosto, el Consejo de Abogados de Senegal condenó enérgicamente el carácter gravemente irregular de esta detención, declarando en particular que «Ante estos graves abusos, y teniendo en cuenta que los abogados no están por encima de la ley, el Colegio de Abogados de Senegal pide a las autoridades públicas que respeten escrupulosamente los derechos y libertades que otorga la ley y que pongan fin a todos los obstáculos al ejercicio de la profesión de la abogacía en Senegal».

El Observatorio muestra su preocupación por los procedimientos penales incoados contra abogados en el ejercicio de sus funciones, que pueden poner en peligro el ejercicio libre e independiente de la profesión.

El Observatorio denuncia la expulsión de D. Juan Branco, impidiéndole de facto cumplir con su misión de defender a su cliente.

El Observatorio apoya plenamente la declaración emitida por el Consejo de Abogacía de Senegal.

El Observatorio pide a las autoridades senegalesas que respeten todas las garantías procesales, y que garanticen el ejercicio libre e independiente de la abogacía.

El Observatorio recuerda que, de conformidad con las disposiciones de los Principios de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los principios 16, 18, 19, 20 y 23 :

Principio 16: «Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidasb) puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes tanto dentro de su país como en el exterior; y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión.»

Principio 18: “Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.”

Principio 19: «Ningún tribunal ni organismo administrativo ante el que se reconozca el derecho a ser asistido por un abogado se negará a reconocer el derecho de un abogado a presentarse ante él en nombre de su cliente, salvo que el abogado haya sido inhabilitado de conformidad con las leyes y prácticas nacionales y con estos principios.”

Principio 20: “Los abogados gozarán de inmunidad civil y penal por las declaraciones que hagan de buena fe, por escrito o en los alegatos orales, o bien al comparecer como profesionales ante un tribunal judicial, otro tribunal u órgano jurídico o administrativo.”

Principio 23: «Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales (…)”