27 de noviembre de 2025
La OIAD se congratula por la liberación de la abogada y columnista tunecina Sonia Dahmani, puesta en libertad el 27 de noviembre de 2025, tras una decisión del Ministerio de Justicia.
Consulta el comunicado del OIAD.
25 de octubre de 2024
El 24 de octubre de 2024, Sonia Dahmani fue condenada a dos años de cárcel por «difusión de noticias falsas susceptibles de atentar contra la seguridad del Estado», en aplicación del Decreto Ley Presidencial nº 54.
La condena se dictó por unas declaraciones de la Sra. Dahmani en las que denunciaba el racismo endémico que impera en Túnez. En particular, deploró la existencia de cementerios y autobuses reservados a los blancos. Conocida por su franqueza, la abogada es objeto de cinco procedimientos judiciales por sus declaraciones públicas, en particular sobre las condiciones de vida de los inmigrantes, la suerte de los presos políticos y el racismo que sufren los tunecinos negros.
Sonia Dahmani ya había sido condenada en un primer caso a doce meses de cárcel – reducidos a ocho meses en apelación en septiembre – por haber declarado «Túnez, qué bello país», en un tono considerado irónico.
Ninguno de los cinco casos ha concluido.
Sus condiciones de detención son deplorables. En particular, ha sido sometida a registros de una intimidad inmoral y violenta. Su defensa ha presentado una denuncia por actos de tortura y violación.
La finalidad de estos procedimientos es claramente política. Se inscriben en una estrategia de las autoridades tunecinas destinada a destruir y reprimir toda forma de libertad de expresión.
Decenas de abogados/as han sido procesados. Decenas de jueces han sido destituidos sin motivo. Las autoridades tunecinas están haciendo todo lo posible para socavar los cimientos de la autoridad judicial y hacer caso omiso de las normas de un juicio justo.
El Observatorio condena firmemente la condena de Sonia Dahmani a 2 años de prisión por ejercer su derecho a la libertad de expresión.
El Observatorio insta a las autoridades tunecinas a poner en libertad a la Sra. Dahmani de forma inmediata e incondicional.
El Observatorio recuerda al Estado tunecino que, según los apartados 1 y 2 del artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Túnez en 1969: «1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones; 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección».
El Observatorio recuerda también el párrafo 2 del artículo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, ratificada por Túnez en 1983: « Toda persona tiene derecho a expresar y difundir sus opiniones en el marco de las leyes y reglamentos ».
Por último, el Observatorio reitera el principio nº 23 de las Naciones Unidas sobre el papel de la abogacía, según el cual « los abogados, como todos los demás ciudadanos, deben gozar de la libertad de expresión, de creencia, de asociación y de reunión. En particular, tienen derecho a participar en debates públicos sobre la ley, la administración de justicia y la promoción y protección de los derechos humanos, y a afiliarse a organizaciones locales, nacionales o internacionales «.
10 de septiembre de 2024
El juicio en fase apelación de Sonia Dahmani, celebrado el 10 de septiembre de 2024, debía estar presidido por una jueza conocida por su independencia. Sin embargo, el 2 de septiembre de 2024 fue destituida y sustituida por otro juez conocido por juzgar procesos delicados.
La jueza que presidió el juicio de la Señora Dahmani tomó decisiones que, en varios casos, se percibieron como restrictivas de los derechos de la defensa. En este contexto, el juicio de la Sra. Dahmani ya presentaba dificultades.
El Observatorio Internacional de la Abogacía en Riesgo viajó a Túnez junto con otras organizaciones de defensa de la defensa para asistir al juicio en fase de apelación de Sonia Dahmani.
Se ha redactado un comunicado de prensa conjunto que está disponible en nuestra página web.
23 de agosto de 2024
El 20 de agosto de 2024, Sonia Dahmani debía comparecer en la vista de apelación prevista ante la 14ª sala del Tribunal de Apelación de Túnez. Aunque cedió a las humillantes exigencias impuestas por la administración penitenciaria, se le denegó el traslado para asistir a la vista.
El tribunal debía pronunciarse sobre el recurso interpuesto por Sonia Dahmani contra la decisión del tribunal de primera instancia que la condenó a un año de prisión. Un gran número de abogados presentes ante el tribunal, entre ellos un observador del OIAD, pudieron conocer la intención de la administración penitenciaria de impedir el traslado de prisión a la sala de audiencias de Sonia Dahmani.
La administración penitenciaria exigió que nuestra compañera Sonia DHMANI llevara chancletas en lugar de sus propios zapatos, así como un largo velo blanco impuesto a las mujeres procesadas por comportamiento indecente.
Aunque no existe ninguna disposición legal que contemple estos requisitos especialmente humillantes, la abogada Dahmani los aceptó para poder comparecer ante el tribunal. Sin embargo, la administración penitenciaria se negó a permitir que Dahmani fuera trasladada para asistir a la vista, alegando la hora tardía.
El Observatorio toma nota del aplazamiento de la vista al 10 de septiembre y ofrece su apoyo incondicional a Sonia Dahmani, perseguida por el simple hecho de ejercer su libertad de expresión.
El Observatorio condena firmemente el vergonzoso trato penitenciario sufrido por nuestra compañera Sonia DAHMANI y los obstáculos encontrados para acceder a sus jueces.
El Observatorio insta a las autoridades tunecinas a liberar a la Sra. Dahmani de forma inmediata e incondicional.
El Observatorio recuerda al Estado tunecino que, según los párrafos 1 y 2 del artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Túnez en 1969, «1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección».
El Observatorio señala asimismo que, de conformidad con los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los principios 23 y 27 :
«Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales (…)». (Principio 23)
«Las acusaciones o reclamaciones contra los abogados en relación con su actuación profesional se tramitarán rápida e imparcialmente mediante procedimientos apropiados. Los abogados tendrán derecho a una audiencia justa, incluido el derecho a recibir la asistencia de un abogado de su elección.” (Principio 27)
16 de julio de 2024
El 6 de julio de 2024, la justicia tunecina condenó a Sonia Dahmani, abogada tunecina, a un año de prisión por «difusión de noticias falsas». La información fue retransmitida por su hija en la red social Facebook.
Al ser preguntada por la llegada de inmigrantes del África subsahariana a Túnez, Sonia Dahmani respondió sarcásticamente en televisión: «¿De qué extraordinario país estamos hablando?” Esta declaración de la abogada se consideró que atentaba contra la imagen de Túnez.
Posteriormente, la abogada fue citada por el juez de instrucción el 9 de mayo de 2024. Sin embargo, ante la falta de motivación de la citación, se negó a comparecer.
La abogada Dahmani fue detenida de forma violenta el 11 de mayo de 2024 en la sede del Colegio de abogados de Túnez. Su detención tuvo lugar durante la retransmisión del canal de noticias France24 en directo desde la sede del Colegio de Abogados (“Maison des avocats”).
Junto a ella, han sido procesados más de 60 abogados, periodistas y opositores políticos.
El Observatorio condena firmemente este claro ataque a la libertad de expresión de la abogada Sonia Dahmani.
El Observatorio insta a las autoridades tunecinas a liberar a la Sra. Dahmani de forma inmediata e incondicional.
El Observatorio recuerda al Estado tunecino que, según los párrafos 1 y 2 del artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Túnez en 1969, «1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección».
El Observatorio señala asimismo que, de conformidad con los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los principios 23 y 27 :
«Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales (…)». (Principio 23)
«Las acusaciones o reclamaciones contra los abogados en relación con su actuación profesional se tramitarán rápida e imparcialmente mediante procedimientos apropiados. Los abogados tendrán derecho a una audiencia justa, incluido el derecho a recibir la asistencia de un abogado de su elección.” (Principio 27)