11 de septiembre de 2026
Karina Riquelme Viveros es una abogada chilena reconocida por su trabajo de defensa de comuneros mapuche, víctimas de violencia estatal y causas vinculadas a los derechos humanos y a conflictos territoriales en el sur de Chile. Actualmente representa a la familia de Julia Chuñil Catricura, mujer mapuche de 72 años desaparecida desde noviembre de 2024 en la comuna de Máfil, Región de Los Ríos. Este caso ha obtenido especial relevancia nacional e internacional debido a denuncias de hostigamiento y conflicto territorial asociados al lugar donde ocurrió su desaparición, teniendo acciones internacionales activas en curso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Comité contra la desaparición forzada de Naciones Unidas.
Durante años, la abogada Riquelme ha sido objeto, de hostigamiento y vigilancia por parte de agentes estatales, destacando:
El 7 de agosto de 2026 se celebró una audiencia en el Juzgado de Valdivia para aclarar la situación procesal de Karina. En la instancia, el fiscal a cargo compareció de forma anonimizada, acogiéndose a las medidas de protección del artículo 78 ter del Código Procesal Penal chileno previstas únicamente para casos de amenaza grave o vinculados a organizaciones criminales. En esta audiencia se informó formalmente a Karina Riquelme que no tiene la calidad de interviniente en esta causa ni en otras vinculadas a su defensa de la familia Chuñil. El tribunal, además, rechazó la solicitud del Ministerio Público de excluir a observadores de derechos humanos por lo que el OIAD pudo estar presente en la audiencia.
Por último, el equipo legal que representa a Karina Riquelme presentó un recurso de amparo constitucional, alegado el 19 de agosto de este año, por los seguimientos ilegales denunciados por la abogada. Pese a la negativa de la Corte, la resolución incorpora una consideración dirigida expresamente a la Policía de Investigaciones, donde se insta a la institución a tener “especial cuidado” en sus procedimientos para no afectar el libre ejercicio de la profesión de la abogada, especialmente cuando las diligencias investigativas se desarrollen en lugares donde habitualmente desempeña su labor. La decisión establece además que el actuar policial debe sujetarse a las instrucciones entregadas por el Ministerio Público.
Cabe recordar que, en octubre de 2016, la Corte Suprema de Chile acogió un recurso de amparo presentado por abogados defensores, reconociendo que la vigilancia policial sobre profesionales que ejercen la defensa jurídica puede constituir una perturbación ilegítima al libre ejercicio de la profesión.
El Observatorio condena firmemente los actos de vigilancia y hostigamiento denunciados en contra de Karina Riquelme Viveros y de otras abogadas que ejercen la defensa de causas de derechos humanos en el sur de Chile.
El Observatorio solicita a las autoridades chilenas que velen por el cese de toda forma de presión, persecución judicial injustificada y vigilancia contra la abogada Karina Riquelme Viveros y contra las demás personas defensoras de derechos humanos y abogadas y abogados vinculados a causas sociales y territoriales en Chile, y que se respete plenamente su derecho a ejercer la profesión sin entorpecimiento ni represalias.
El Observatorio recuerda que, conforme a los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los Principios 16 y 17:
“Los poderes públicos velarán por que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidación, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; b) puedan viajar y consultar a sus clientes libremente, tanto dentro de su país como en el exterior; (…)”(Principio 16)
“En circunstancias en que esté en peligro la seguridad de los abogados a raíz del ejercicio de sus funciones, recibirán protección adecuada de las autoridades.”(Principio 17)