RDC: El abogado Guillaume Muyembe, detenido arbitrariamente en régimen de incomunicación desde hace más de un mes

4 de junio de 2025

 

El Sr. Guillaume Muyembe es un abogado congoleño colegiado en el Colegio de Abogados de Kinshasa Gombe, especializado en derecho minero. El 29 de abril de 2025, fue detenido tras ser citado por el Consejo Nacional de Ciberdefensa de la República Democrática del Congo. Sus familiares y socios no han tenido noticias de él desde entonces.

El Sr. Muyembe fue citado por el Consejo Nacional de Ciberdefensa, un servicio especializado dependiente del Gabinete del Presidente de la República, para ser interrogado sobre una clienta. Según uno de sus colaboradores, se presentó en las instalaciones la tarde del 29 de abril. Desde entonces no se sabe nada de él.

El bufete Calwe & associés, en el que trabaja el Sr. Muyembe, ya había sido objeto de presiones durante la jornada del 29 de abril. Dos individuos se presentaron en las oficinas diciendo que buscaban al abogado. Al no encontrar a Muyembe, los individuos volvieron al bufete más tarde, acompañados de militares fuertemente armados. Seis personas que trabajaban en el bufete fueron llevadas a las oficinas del Consejo Nacional de Ciberdefensa y se les confiscaron sus teléfonos.

A su regreso al bufete, los socios se dieron cuenta de que este había sido registrado por las autoridades, sin orden de registro ni presencia de un abogado o miembro del Consejo del Colegio de Abogados, y que se habían incautado varios ordenadores.

El Observatorio exige la liberación inmediata e incondicional del Sr. Guillaume Muyembe, así como el cese inmediato de las intimidaciones contra él.

El Observatorio condena con la mayor firmeza los ataques a la libertad de la profesión de la abogacía y al secreto profesional perpetrados por las autoridades.

El Observatorio insta a las autoridades congoleñas a respetar plenamente los derechos de la defensa y a garantizar la seguridad y la independencia de la abogacía en el ejercicio de su profesión.

El Observatorio insta a las autoridades congoleñas a que respeten sus compromisos en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en particular el artículo 9, que dispone lo siguiente: “1. Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta. 2. Toda persona detenida será informada, en el momento de su detención, de las razones de la misma, y notificada, sin demora, de la acusación formulada contra ella.

 

El Observatorio recuerda que, de conformidad con los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la función de los abogados, en particular los principios 16, 17 y 18:

«Las autoridades públicas velarán por que los abogados: a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin obstáculos, intimidación, hostigamiento ni injerencia indebida; (…)» (Principio 16)

«Cuando la seguridad de los abogados se vea amenazada en el ejercicio de sus funciones, deberán ser protegidos adecuadamente por las autoridades». (Principio 17)

«Los abogados no deben ser identificados con sus clientes o con la causa de sus clientes por el ejercicio de sus funciones. » (Principio 18)

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