Haga clic en el botón para mostrar el mapa.

Dirección postal & Contacto

Nuestra dirección

Zambia

ZAMBIA: Prohibición de la práctica del abogado zambiano John Sangwa

 

John Sangwa, es abogado y ha intervenido en causas de gran notoriedad en Zambia. El pasado viernes 13 de marzo, el poder judicial de este país, le prohibió al abogado ejercer su profesión ante los estrados judiciales.

De acuerdo con la información, contra el abogado fue interpuesta una denuncia ante la Asociación Jurídica de Zambia. El poder judicial habría señalado que debido a esto el Sr. Sangwa no podría ejercer su profesión. En su comunicación afirma:

Esta acción se ha emprendido como resultado de una denuncia por negligencia presentada por la judicatura ante la Asociación de Abogados de Zambia contra John Sangwa”

El 13 de marzo de 2020 esta decisión fue notificada a todos los jueces del Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Apelación, el Tribunal Superior, a los secretarios y a los magistrados. Así como el Secretario Jefe Interino, el Príncipe Boniface Mwiinga.

Este hecho suscita preocupación porque no se aprecian argumentos jurídicos que podrían motivar tal decisión. En ausencia de los mismos, se trataría de una decisión adoptada en contra de los intereses del Sr. Sangwa, a quien se le estaría privando del derecho de acceso al ejercicio de la abogacía, al parecer, por sus opiniones políticas.

El Sr. Sangwa ha criticado abiertamente el nombramiento de los jueces del nuevo Tribunal Constitucional, al considerar que no se cumplieron con los requisitos que exige la ley. Esto es, 15 años de experiencia y formación especializada en derecho constitucional y/o derechos humanos.

Igualmente, ha afirmado, por radio y televisión, que el Presidente Edgar Lungu no era elegible para ocupar nuevamente el cargo de presidente, por la existencia de una causal de inhabilidad constitucional, ya que, ha ocupado el cargo dos veces, como lo autoriza la Constitución de Zambia, por lo que un periodo adicional es inconstitucional.

Según se informa, estas manifestaciones públicas provocaron reacciones negativas de varios miembros del poder judicial. Debido a esto, un grupo de jueces denunciaron a John Sangwa ante su cuerpo profesional, diciendo que no actuaba de acuerdo con las normas que se esperan de un funcionario judicial.

Diego García-Sayán, Relator Especial de la ONU, para la “Independencia de los magistrados y abogados” expresó su preocupación por la actuación de la judicatura zambiana, y calificó su decisión como “ una grave violación de los derechos humanos” enfatizando en que los abogados deben mantener su independencia profesional e intelectual.

La Comunidad de Desarrollo del África Meridional – Asociación de Abogados (SADC-LA), junto con Amnistía Internacional y el Centro de Litigios del África Meridional, se pronunciaron al respecto para solicitar a las autoridades zambianas garantizar el derecho del Sr. John Sangwa ha ejercer su profesión.

Estas organizaciones locales consideran que la situación del abogado Sangwa es particularmente preocupante y tiene por objeto intimidarlo a él y a otros abogados a fin de impedir las críticas al sistema de justicia. En su declaración, solicitaron que John Sangwa se pronuncie sobre los hechos ante un tribunal abierto e imparcial.

El OIAD desea recordar los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados de las Naciones Unidas, en especial el Principio Nº 23:

Los abogados, como todos los demás ciudadanos, gozarán de libertad de expresión, creencia, asociación y reunión. En particular, tienen derecho a participar en los debates públicos relativos a la ley, la administración de justicia y la promoción y protección de los derechos humanos… ».

Así como el Principio No. 27:

“Las acusaciones o denuncias formuladas contra los abogados en el ejercicio de sus funciones se tramitarán de manera expedita y justa de conformidad con los procedimientos apropiados. Todo abogado tiene derecho a una audiencia justa y puede ser asistido por un abogado de su elección. »

Por lo cual, el OIAD insta a las autoridades de Zambia a que reconozcan el derecho a la libertad de expresión del abogado John Sangwa y establezcan un procedimiento imparcial mediante el cual el Sr. Sangwa pueda interponer, de manera oportuna, recursos judiciales contra la decisión que le prohíbe el ejercicio de la abogacía.

Recordamos que la vigencia plena de estos Principios, la garantía de que los abogados puedan ejercer sus funciones profesionales sin ningún obstáculo e interferencia, permite la consolidación de un Estado de Derecho y por ende de un sistema judicial imparcial.