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Irán: Detención y encarcelamiento de Arash Keykhosravi, abogado y defensor de los derechos humanos

12 de enero de 2024

 

Arash Keykhosravi, abogado iraní y ferviente defensor de derechos humanos, se enfrenta a una detención prolongada desde el 25 de septiembre de 2023. Fue condenado por el Tribunal Revolucionario de Teherán acusado de «actividades de propaganda contra el Estado». Conocido por su compromiso con los derechos humanos y la protección del medio ambiente, Keykhosravi se ha convertido en blanco recurrente de la represión de las autoridades iraníes.

El acoso judicial de Keykhosravi por parte del gobierno iraní no es nada nuevo. En 2018, durante una manifestación pacífica frente al Parlamento, fue detenido mientras representaba a la familia de Kavous Seyed-Emami, un académico y activista medioambiental iraní-canadiense que murió en circunstancias sospechosas en la prisión de Evin en febrero de ese mismo año.

Durante la pandemia de la Covid-19, el abogado intentó presentar una denuncia contra varios funcionarios, entre ellos el ministro iraní de Sanidad y el Grupo de Trabajo sobre Coronavirus, por su deficiente gestión de la crisis sanitaria. A raíz de ello, fue detenido arbitrariamente en 2021 y puesto en libertad bajo fianza tras cuatro meses en la prisión de Evin.

En 2022, el Tribunal de Apelación de Teherán aumentó la condena de Keykhosravi a dos años de prisión. Esta condena iba acompañada de la prohibición de ejercer la abogacía y conceder entrevistas a la prensa durante un año.

Ese mismo año, Keykhosravi fue condenado de nuevo por su apoyo a una declaración en la que se proclamaba que «la mayoría de los iraníes ya no desean la República Islámica», afirmación ampliamente difundida durante las manifestaciones del movimiento «Mujeres, Vida, Libertad».

El Observatorio condena firmemente la detención arbitraria del Sr. Keykhosravi.

El Observatorio insta a las autoridades iraníes a que pongan fin al acoso del Sr. Keykhosravi.

El Observatorio recuerda que, de conformidad con los principios básicos de las Naciones Unidas relativos al papel de la abogacía, en particular los principios 16, 18, 23 y 27 :

Principio 16: “Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas;”

Principio 18“Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.”

Principio 23: «Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales (…)».

Principio 27: «Las acusaciones o reclamaciones contra los abogados en relación con su actuación profesional se tramitarán rápida e imparcialmente mediante procedimientos apropiados. Los abogados tendrán derecho a una audiencia justa, incluido el derecho a recibir la asistencia de un abogado de su elección.”