Colombia: Detención arbitraria del abogado Johan Sebastián Moreno Castro y posible criminalización
El 4 de mayo de 2021, el abogado defensor de derechos humanos Johan Sebastián Moreno Castro fue detenido arbitrariamente y de forma violenta por agentes de la Policía en Piedecuesta mientras verificaba una protesta.
Johan Sebastián Moreno Castro es abogado defensor de derechos humanos y miembro del Equipo Jurídico Pueblos de Buracamanga, Santander. El Equipo Jurídico Pueblos como organización defensora de derechos humanos, está especializado en la defensa del territorio, en la lucha contra la impunidad del Estado y la libertad de presos políticos. Tal es su labor que en 2019 el presidente de esta organización, Rommel Durán, fue galardonado con el premio Internacional de Derechos Humanos Ludovic Trarieux.
La detención arbitraria y violenta que sufrió el abogado Johan Sebastián se produjo el 4 de mayo durante una manifestación que el abogado verificaba. Esta protesta se sitúa en el contexto de la actual represión de las protestas sociales en Colombia.
Conforme a testigos presentes en el momento de la detención, los agentes golpearon de forma repetida a Johan Sebastián. El abogado denunció maltrato físico y psicológico presionándole para que declarara que él había atacado a los agentes antes de ser detenido. El 5 de mayo de 2021, un Fiscal Especializado concedió al abogado un habeas corpus y ordenó su liberación determinando que la detención había sido ilegal por injustificada.
Sin embargo, el expediente del abogado defensor fue remitido a un fiscal local de Piedecuesta, lo cual preocupa por el temor a que derive en un intento de criminalización del abogado acusándole de “atentados contra la autoridad”.
El OIAD condena firmemente la detención arbitraria y los malos tratos sufridos durante su detención por el abogado Johan Sebastián Moreno Castro.
El OIAD recuerda a las autoridades colombianas que la independencia de los abogados es uno de los principales indicadores de salud democrática y consolidación del Estado de Derecho. Ello, de conformidad con lo dispuesto en los Principios de Naciones Unidas para La Función de los Abogados:
«Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas» (Principio 16)
«Cuando la seguridad de los abogados sea amenazada a raíz del ejercicio de sus funciones, recibirán de las autoridades protección adecuada.» (Principio 17)
El OIAD debe recordar a las autoridades colombianas que Colombia ha ratificado y firmado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que reconoce el derecho de reunión pacífica:
«Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.» (Artículo 21)