Túnez: el abogado Mahdi Zagrouba puesto en libertad tras sufrir malos tratos durante su detención
19 de julio 2024
Mahdi Zagrouba fue detenido el lunes 13 de mayo en la sede del Colegio de abogados de Túnez. Su detención se produjo poco después de la de su compañera, Sonia Dahmani, dos días antes.
La detención de Me Zagrouba causó conmoción en la comunidad jurídica tunecina e internacional. El abogado fue detenido tras mostrar su apoyo a la Sra. Dahmani, detenida el 11 de mayo. El abogado compareció ante el juez de instrucción el 15 de mayo, mostrando claros signos de malos tratos.
Mahdi Zagrouba recibió una paliza tras su detención. Fue trasladado de urgencia al hospital tras perder el conocimiento como consecuencia de la violencia sufrida durante su detención. Su estado de salud era especialmente delicado cuando compareció ante el juez de instrucción dos días después de su detención.
Numerosas ONG han denunciado el abuso de poder y han exigido un examen forense para aclarar la violencia a la que fue sometido durante su detención. El abogado continúa acusado de «agresión a agentes de la policía».
El Sr. Zagrouba fue finalmente puesto en libertad por la justicia tunecina el jueves 11 de julio de 2024, dos meses después de su detención.
El Observatorio condena en los términos más enérgicos posibles los actos de violencia sufridos por Mahdi Zagrouba durante su detención.
El Observatorio insta a las autoridades tunecinas a llevar a cabo una investigación independiente e imparcial sobre los malos tratos sufridos por el Sr. Zagrouba, de conformidad con el artículo 12 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984, que establece que: «Todo Estado Parte velará por que toda persona que alegue haber sido sometida a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción tenga derecho a presentar una queja y a que su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes.(…)».
El Observatorio señala asimismo que, de conformidad con los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los principios 23 y 27 :
“Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales (…)”. (Principio 23)
“Las acusaciones o reclamaciones contra los abogados en relación con su actuación profesional se tramitarán rápida e imparcialmente mediante procedimientos apropiados. Los abogados tendrán derecho a una audiencia justa, incluido el derecho a recibir la asistencia de un abogado de su elección.” (Principio 27)