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Bielorrusia: registran el domicilio de la abogada de derechos humanos Maryia Kolesova-Hudzilina

11 de octubre de 2024

Un registro se llevó a cabo en el domicilio de Maryia Kolesova-Hudzilina, abogada y presidenta de la Asociación Bielorrusa de Abogados de Derechos Humanos (BAHRL).

El registro fue realizado presuntamente por agentes del KGB, que detuvieron al inquilino del piso de la Sra. Kolesova-Hudzilina. A través del inquilino, el KBG habría intentado localizar en el país a abogados susceptibles de ayudar a la abogada.

El piso fue saqueado y precintado por las autoridades, siendo imposible el acceso para arreglar los desperfectos.

Este acto se produce en un contexto de creciente persecución de la abogacía en Bielorrusia por parte del gobierno de Alexander Lukashenko.

Mediante esta amplia política de represión de los derechos civiles y políticos, muchos abogados se enfrentan a la revocación de sus licencias, el procesamiento o la detención por defender a opositores políticos o denunciar violaciones de derechos humanos.

Las autoridades bielorrusas pretenden controlar el sistema judicial y neutralizar cualquier oposición, reduciendo así considerablemente el Estado de derecho.

El Observatorio condena en los términos más firmes posibles el violento registro del domicilio de la abogada Maryia Kolesova-Hudzilina, que representa una grave violación de sus derechos fundamentales.

 

El Observatorio insta a las autoridades bielorrusas a respetar plenamente las garantías procesales, incluido el derecho a una defensa libre e independiente, así como la inviolabilidad de los lugares de trabajo de los abogados.

 

El Observatorio pide una investigación inmediata, imparcial y transparente de las circunstancias de este registro, con el fin de sancionar cualquier violación de derechos y abuso de poder.

 

El Observatorio recuerda que, de conformidad con los principios básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los abogados, en particular los principios 16, 17 y 18 :

 

“Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; (…)”. (Principio 16)

«Cuando la seguridad de los abogados sea amenazada a raíz del ejercicio de sus funciones, recibirán de las autoridades protección adecuada(Principio 17)

“Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.” (Principio 18)