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Irán: el abogado Mohammadreza Faghihi condenado a 5 años de prisión por la justicia iraní

 

23 de octubre de 2024

 

Mohammadreza Faghihi es un abogado iraní defensor de derechos humanos. Ha sido condenado a cinco años de prisión por participar en una manifestación pacífica y legal el 12 de octubre de 2022.

 

La manifestación se organizó en apoyo de los derechos de los abogados y en reacción a las detenciones arbitrarias que siguieron a la muerte de Mahsa Amini. La manifestación tuvo lugar frente al Colegio de Abogados iraní, que había optado por cerrar sus puertas a los manifestantes ese día.

El Sr. Faghihi fue condenado a 5 años de prisión, prohibición de ejercer la abogacía durante 2 años y prohibición de viajar.

Desde hace varios años, el Colegio de Abogados iraní no protege a los y las compañeras víctimas de represión. Es el triste caso de Maryam Arvin, Narges Khorramifard y Mohabbat Mozaffari, así como de los numerosos abogados que han defendido el movimiento «Mujer, Vida, Libertad».

Numerosos abogados y abogadas han sido condenados a largas penas de prisión, obligados a exiliarse, suspendidos de sus empleos o amenazados por su compromiso con los derechos humanos.

Frontline Lawyers Association (Asociación de los Abogados de Primera Línea) condenó la sentencia dictada contra Me Faghihi en una declaración firmada por sus miembros.

 

El Observatorio condena firmemente esta violación de los derechos fundamentales y profesionales de la abogacía.

El Observatorio insta a las autoridades iraníes a que dejen de acosar al Sr. Faghihi y a otros abogados iraníes que ejercen valientemente su profesión.

El Observatorio hace un llamamiento al régimen iraní para que cumpla con las recomendaciones que le han sido dirigidas en el marco de su Examen Periódico Universal.

El Observatorio recuerda que según los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, en particular los principios 16, 18 y 23:

“Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; b) puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes tanto dentro de su país como en el exterior; y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión.” (Principio 16)

“Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.” (Principio 18)

«Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales (…)». (Principio 23)