29 de octubre de 2025
El OIAD expresa su profunda preocupación por la detención y el encarcelamiento arbitrario de cinco abogados en Jartum. Estos cinco abogados son objeto de persecución por haber participado en la defensa de personas acusadas de «colaboración» con las Fuerzas de Apoyo Rápido (RSF).
Según el colectivo Emergency Lawyers, las autoridades sudanesas interrogaron y detuvieron a los cinco abogados el pasado mes de noviembre, antes de iniciar contra ellos un proceso penal basado en las disposiciones de la Ley de Seguridad del Estado, relativas al «atentado contra el orden constitucional» y la «incitación a la guerra contra el Estado»[1][2]. Estas disposiciones se utilizan habitualmente para criminalizar las actividades profesionales y pacíficas de civiles y abogados.
Una «célula de seguridad» [3] de la policía detuvo a los cinco abogados, entre ellos Nasra Abkar Ibrahim, que fue detenida arbitrariamente en Omdurman junto con su hermana. La abogada está siendo procesada por supuestamente «amenazar a un funcionario público» e «intentar influir en la justicia». Su juicio está previsto para el 29 de octubre de 2025 ante el tribunal penal de Omdurman-Norte. El colectivo ha pedido que se realice un seguimiento internacional de esta vista para garantizar el respeto de los derechos de la defensa y un juicio justo.
El colectivo Emergency Lawyers también ha señalado un preocupante aumento de las detenciones de activistas, profesores y médicos por parte de esta misma célula.
Estas detenciones se inscriben en una ola de represión más amplia contra abogados, defensores de los derechos humanos y profesionales del derecho en Sudán.
El Observatorio condena con la mayor firmeza las detenciones arbitrarias de estos cinco abogados, que violan claramente los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la función de los abogados.
El Observatorio insta a las autoridades sudanesas a que liberen de inmediato y sin condiciones a los cinco abogados detenidos arbitrariamente.
El Observatorio solicita que se abra una investigación independiente e imparcial sobre el papel de la «célula de seguridad» en estas detenciones arbitrarias.
El Observatorio recuerda a Sudán sus compromisos internacionales en virtud de las siguientes disposiciones:
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[1] Artículo 50 del Código Penal sudanés de 1991: «Quien cometa un acto con el fin de atentar contra el régimen constitucional del país o poner en peligro su independencia o unidad será castigado con la pena capital, cadena perpetua o una pena de prisión menos severa, con confiscación de todos sus bienes». » (Traducción no oficial)
[2] Artículo 51 del Código Penal sudanés de 1991: «Se considerará culpable de incitación a la guerra contra el Estado y se castigará con la pena capital, cadena perpetua o una pena de prisión menos severa, con la posibilidad de confiscación de todos sus bienes, toda persona que:
(a) incite a la guerra contra el Estado en el plano militar reuniendo o entrenando a individuos, reuniendo armas o material, o si se compromete a hacerlo, o incite al culpable a hacerlo o lo apoye de cualquier manera (…)» (Traducción no oficial)
[3] Célula que reúne a agentes del ejército, la policía y los servicios de inteligencia, y que tiene mandato para proceder a detenciones e investigaciones en las zonas controladas por el ejército.