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NICARAGUA: La abogada María Oviedo, mantenida incomunicada durante 52 horas, y acusada de obstaculizar el ejercicio de la fuerza pública

 

La abogada de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), María Oviedo, fue detenida el viernes 26 de julio mientras visitaba un centro policial en Nicaragua.

Fue detenida tras abofetear a un agente que la había tocado de forma “obscena” mientras acompañaba a un opositor político, liberado de la cárcel y convocado a la policía de la ciudad de Masaya. Luego la mantuvieron incomunicada durante 52 horas.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha pedido la liberación inmediata de la abogada beneficiaria de las medidas provisionales como miembro de la CPDH. En efecto, el 27 de julio, la Comisión solicitó a la Corte Interamericana “tomar medidas provisionales a favor de los miembros del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y de la CPDH debido a la situación de riesgo extremo en Nicaragua“.

La Comisión también recordó al Gobierno de Ortega que se detuviera inmediatamente a todas las detenciones arbitrarias y persecuciones de defensores de los derechos humanos en Nicaragua. Señaló que el Mecanismo Especial de Monitoreo de Nicaragua había sido informado de estas acciones policiales.

Desde su liberación, la abogada María Oviedo ha sido procesada.

El estatus de protección que le fue otorgado por la CIDH no fue tomado en cuenta durante la audiencia preliminar. Cuando el abogado de María Oviedo invocó el comportamiento irrespetuoso del policía hacia su cliente, el juez le respondió que no tenía pruebas para comentarlo. Aunque la acusación carece de fundamento jurídico según el acusado, la autoridad judicial la ha considerado admisible. El juez tomó medidas adicionales al prohibirle a la abogada salir del país y obligarla a presentarse una vez al mes en el juzgado de Managua.

La Unión Nacional de Abogados y Notarios de Nicaragua (UNANIC) organizará una sentada en solidaridad con la abogada María Oviedo durante la audiencia inicial del caso ante el tercer tribunal penal local en Managua. Desde la detención arbitraria de María Oviedo el 26 de julio, la UNANIC ha rechazado unánimemente las acciones de los agentes que la agredían verbal y físicamente empujándola y colocándole una llave en el cuello para luego arrastrarla a las celdas.

Según Giovanny Silva Cruz, representante de Unanic, la represión contra los abogados en su ejercicio profesional ha ido en aumento en los últimos cinco años, en parte debido a reformas legislativas inconstitucionales que afectan directamente el ejercicio de la defensa.

 

[Actualización 03/09/2019 : El 29 de septiembre de 2019, después de más de 10 horas consecutivas de juicio, la abogada y defensora de los derechos humanos María Oviedo fue condenada, este jueves por la tarde, por obstruir las actividades policiales a expensas del teniente del Orteguista de la Policía (PO) Oscar López, quien la agredió verbal y físicamente en Masaya el 26 de julio. La sentencia fue dictada el lunes 2 de septiembre: la abogada fue condenada a 30 días de prisión. El juez le concedió una suspensión de la sentencia para cumplirla en libertad.

La sentencia de 30 días comenzará hoy, 3 de septiembre. La abogada agregó que cuando el tribunal dictó su sentencia, tuvo en cuenta la perspectiva de género y las condiciones en que se produjeron los hechos. María Oviedo también señaló que la sentencia le permitía seguir ejerciendo como abogada.]

 

El OIAR condena enérgicamente la detención arbitraria y la violencia contra la abogada María Oviedo.

El OIAR apoya a la abogada, así como a la Unión Nacional de Abogados y Notarios de Nicaragua y a la Comisión Permanente de Derechos Humanos que luchan por la defensa de los derechos humanos en Nicaragua y las condiciones de ejercicio de la abogacía.

El OIAR hace un llamamiento a las autoridades nicaragüenses para que cumplan los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados de las Naciones Unidas de 1990, a saber :

  • Los gobiernos garantizarán además que todas las personas arrestadas, o detenidas, con una acusación penal o no, tengan acceso a un abogado inmediatamente, y en cualquier caso dentro de las 48 horas siguientes al arresto o a la detención” (Principio 7);
  •  “Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; b) puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes tanto dentro de su país como en el exterior; y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión” (Principio 16).