ALERTA 11/04/2024
ALERTA 21/02/2022
China: las autoridades chinas mantienen incomunicado al abogado Tang Jitian
10 de abril 2024
El abogado chino Tang Jitian está recluido en régimen de incomunicación por las autoridades chinas desde su desaparición el 4 de noviembre de 2023. Ya había estado recluido en régimen de incomunicación entre diciembre de 2021 y enero de 2023.
A Tang Jitian se le prohibió salir del país para visitar a su hija, enferma en Japón. Antes de recluirlo en régimen de incomunicación, las autoridades habían alegado que el abogado podía «poner en peligro la seguridad nacional». Fue puesto en libertad el 14 de enero de 2023 en su ciudad natal.
El Sr. Jitian vuelve a estar recluido en régimen de incomunicación desde noviembre de 2023. El abogado se dirigía al funeral de uno de sus familiares y desde entonces no se sabe nada de él.
Su hija, gravemente enferma de tuberculosis, falleció el 20 de febrero de 2024 en Japón.
El Observatorio expresa su solidaridad con Tang Jitian y su familia.
El Observatorio insta a las autoridades chinas a liberar a Tang Jitian.
El Observatorio recuerda que según el artículo 9, párrafo 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, «Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta».
El Observatorio recuerda que, de conformidad con los principios básicos de las Naciones Unidas relativos al papel de la abogacía, en particular los principios 17 y 27:
Principio 17: » Cuando la seguridad de los abogados se vea amenazada en el ejercicio de sus funciones, las autoridades deben protegerlos adecuadamente«.
Principio 27: » Las acusaciones o quejas formuladas contra los abogados en el ejercicio de sus funciones serán examinadas con diligencia y equidad de conformidad con los procedimientos adecuados. Todo abogado tiene derecho a un juicio justo y a ser asistido por un abogado de su elección».
CHINA: El Observatorio denuncia la desaparición del abogado Tang Jitian, su detención arbitraria en régimen de incomunicación en un lugar secreto, el silencio de las autoridades chinas y la censura impuesta a esta detención arbitraria por las autoridades chinas
21 de febrero de 2022
Tang Jitian es abogado de derechos humanos en la República Popular China. Con sede en Pekín, es una figura destacada del Weiquan (Movimiento de Defensa de los Derechos) y ha defendido a las víctimas del despojo ilegal de tierras, a los practicantes de Falun Gong, a las víctimas de VIH y a otros grupos vulnerables, incluidos sus compañeros abogados de derechos humanos.
Tang se ha enfrentado a represalias de las autoridades chinas por el ejercicio de su profesión y su compromiso con los derechos humanos. En 2010 fue inhabilitado definitivamente para ejercer como abogado, pero continuó trabajando en la defensa de los derechos humanos. El Sr. Jitian fue puesto bajo arresto domiciliario y detenido en varias ocasiones. En 2014, Tang y otros tres abogados (Zhang Junjie, Jiang Tianyong y Wang Chen) fueron detenidos por investigar la detención de varios miembros de Falun Gong. Tang denunció haber sido víctima de torturas y sufrió múltiples fracturas durante su detención de 15 días. En 2017, fue rechazado por los guardias fronterizos en el puesto de control de Lo Wu cuando intentaba viajar a Hong Kong para recibir tratamiento médico, y le informaron de que tenía prohibido salir de China continental por motivos de seguridad nacional. En diciembre de 2021, Tang desapareció antes de llegar a Pekín donde iba a asistir a un acto sobre derechos humanos organizado por la Unión Europea, y ha continuado desaparecido durante los Juegos Olímpicos de Invierno de 2022. Sus familiares creen que está incomunicado en un lugar no revelado.
El 17 de febrero de 2022, la Embajada de Suiza en China denunció la desaparición de Tang Jitian en la red social china Weibo. Las autoridades chinas censuraron rápidamente este mensaje. La Embajada de Suiza en China, tras haber alertado sobre la censura de su mensaje, ha vuelto a ver censurados sus nuevos comunicados sobre la desaparición de Tang.
Desde el comienzo de los Juegos Olímpicos de Invierno, varios defensores de derechos humanos y profesionales de la abogacía han sido detenidos. Se les acusa de «incitar a la subversión del Estado».
El Observatorio denuncia la desaparición del abogado, su detención arbitraria e ilegal en un lugar desconocido, el silencio de las autoridades chinas y la censura impuesta a esta detención arbitraria por las autoridades chinas.
El Observatorio hace un llamamiento a los Estados participantes en los Juegos Olímpicos de Invierno de 2022 para que exijan pruebas fidedignas del estado de nuestro compañero Tang Jitian y su liberación
El Observatorio recuerda a las autoridades chinas los Principios de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados (1990):
«Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; b) puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes tanto dentro de su país como en el exterior; y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión. » (Principio 16)
» Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.” (Principio 18)
«Los abogados gozarán de inmunidad civil y penal por las declaraciones que hagan de buena fe, por escrito o en los alegatos orales, o bien al comparecer como profesionales ante un tribunal judicial, otro tribunal u órgano jurídico o administrativo.” (Principio 20)
«Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales y asistir a sus reuniones, sin sufrir restricciones profesionales a raíz de sus actividades lícitas o de su carácter de miembro de una organización lícita. En el ejercicio de estos derechos, los abogados siempre obrarán de conformidad con la ley y con las reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión.” (Principio 23)