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CHINA: El Observatorio denuncia la desaparición del abogado Tang Jitian, su detención arbitraria en régimen de incomunicación en un lugar secreto, el silencio de las autoridades chinas y la censura impuesta a esta detención arbitraria por las autoridades chinas   

21 de febrero de 2022 

Tang Jitian es abogado de derechos humanos en la República Popular China. Con sede en Pekín, es una figura destacada del Weiquan (Movimiento de Defensa de los Derechos) y ha defendido a las víctimas del despojo ilegal de tierras, a los practicantes de Falun Gong, a las víctimas de VIH y a otros grupos vulnerables, incluidos sus compañeros abogados de derechos humanos.  

Tang se ha enfrentado a represalias de las autoridades chinas por el ejercicio de su profesión y su compromiso con los derechos humanos. En 2010 fue inhabilitado definitivamente para ejercer como abogado, pero continuó trabajando en la defensa de los derechos humanos. El Sr. Jitian fue puesto bajo arresto domiciliario y detenido en varias ocasiones. En 2014, Tang y otros tres abogados (Zhang Junjie, Jiang Tianyong y Wang Chen) fueron detenidos por investigar la detención de varios miembros de Falun Gong. Tang denunció haber sido víctima de torturas y sufrió múltiples fracturas durante su detención de 15 días. En 2017, fue rechazado por los guardias fronterizos en el puesto de control de Lo Wu cuando intentaba viajar a Hong Kong para recibir tratamiento médico, y le informaron de que tenía prohibido salir de China continental por motivos de seguridad nacional. En diciembre de 2021, Tang desapareció antes de llegar a Pekín donde iba a asistir a un acto sobre derechos humanos organizado por la Unión Europea, y ha continuado desaparecido durante   los Juegos Olímpicos de Invierno de 2022. Sus familiares creen que está incomunicado en un lugar no revelado.  

El 17 de febrero de 2022, la Embajada de Suiza en China denunció la desaparición de Tang Jitian en la red social china Weibo. Las autoridades chinas censuraron rápidamente este mensaje. La Embajada de Suiza en China, tras haber alertado sobre la censura de su mensaje, ha vuelto a ver censurados sus nuevos comunicados sobre la desaparición de Tang.  

Desde el comienzo de los Juegos Olímpicos de Invierno, varios defensores de derechos humanos y profesionales de la abogacía han sido detenidos. Se les acusa de «incitar a la subversión del Estado».  

El Observatorio denuncia la desaparición del abogado, su detención arbitraria e ilegal en un lugar desconocido, el silencio de las autoridades chinas y la censura impuesta a esta detención arbitraria por las autoridades chinas. 

El Observatorio hace un llamamiento a los Estados participantes en los Juegos Olímpicos de Invierno de 2022 para que exijan pruebas fidedignas del estado de nuestro compañero Tang Jitian y su liberación  

 El Observatorio recuerda a las autoridades chinas los Principios de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados (1990):  

«Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; b) puedan viajar y comunicarse libremente con sus clientes tanto dentro de su país como en el exterior; y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión. » (Principio 16)  

» Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones.” (Principio 18)  

«Los abogados gozarán de inmunidad civil y penal por las declaraciones que hagan de buena fe, por escrito o en los alegatos orales, o bien al comparecer como profesionales ante un tribunal judicial, otro tribunal u órgano jurídico o administrativo.” (Principio 20)  

«Los abogados, como los demás ciudadanos, tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. En particular, tendrán derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, así como a unirse o participar en organizaciones locales, nacionales o internacionales y asistir a sus reuniones, sin sufrir restricciones profesionales a raíz de sus actividades lícitas o de su carácter de miembro de una organización lícita. En el ejercicio de estos derechos, los abogados siempre obrarán de conformidad con la ley y con las reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión.” (Principio 23)